07/07/2025
Modificaron el régimen de inversiones mineras con el objetivo de desburocratizar el sector

Fuente: telam
La reforma legal pretende agilizar trámites, reasignar tareas y fortalecer controles, en línea con los objetivos de la Ley Bases
>A través de la publicación del Decreto 449/2025 en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo introduce cambios sustanciales en la Ley 24.196 (Régimen de Inversiones para la Actividad Minera) y en la Ley 24.466 (Banco Nacional de Información Geológica). La medida afecta a El decreto, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo, modifica artículos clave de ambas leyes.
Entre los cambios más relevantes, la Secretaría de Minería deja de administrar el Banco Nacional de Información Geológica, función que pasará a estar en manos del Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR), un organismo descentralizado bajo la órbita del Ministerio de Economía.El decreto se dicta en el marco de la Ley 27.742 (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos), que declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética, y delegó en el Poder Ejecutivo facultades para reorganizar la administración pública. El texto oficial señala que la medida responde a la necesidad de “reducir la intervención estatal y maximizar la eficiencia y eficacia en la gestión pública”, revisando funciones consideradas redundantes o de escasa contribución al interés general.
El nuevo artículo 10 de la Ley 24.196 establece que el certificado solo deberá indicar la fecha de presentación del estudio de factibilidad, que será el momento relevante para determinar la carga tributaria aplicable.
Según el decreto, “el detalle consignado en el certificado de estabilidad fiscal de la carga relativa a los tributos y tasas vigentes (…) resulta innecesario, siendo suficiente la mención de dicha fecha, a los fines de la aplicación del beneficio de la estabilidad fiscal”.El decreto introduce en artículo 18 la obligación de que los beneficiarios del régimen minero presenten anualmente, junto con su declaración jurada, un informe evaluador elaborado por un profesional técnico independiente. Esta medida busca “fortalecer la calidad técnica de la información aportada y, al mismo tiempo, simplificar y hacer más eficiente el proceso de evaluación por parte de la Autoridad de Aplicación”.A su vez, mediante los cambios incorporados, se oficializó la creación del Banco Nacional de Información Geológica bajo la dependencia orgánica del Servicio Geológico Minero Argentino >El objetivo declarado es evitar la superposición de tareas entre la Secretaría de Minería y el SEGEMAR, y aprovechar la capacidad técnica de este último para administrar el banco de datos y garantizar el acceso público a la información geológica nacional.
Fuente: telam